Se publica reglamento para uso de cannabis medicinal en México

Finalmente, después de 3 años AMLO emitió en los primeros minutos de este martes 12 de enero el reglamento tan esperado para detonar el avance médico y científico del cannabis medicinal en México.


El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó este martes el reglamento que regula el uso de cannabis medicinal.

El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) responde a la modificación de la Ley General de Salud hecha en 2017 y era uno de los pasos que hacía falta para que la industria pudiera comenzar con proyectos de investigación y producción.

El reglamento establece la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de la cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos y su observancia es obligatoria en toda la República Mexicana.

¿Qué establece el Reglamento para el uso del cannabis medicinal?

Los fines de dicho reglamento están centrados igualmente en los siguientes 4 aspectos:

a) Producción primaria para abastecer la fabricación de insumos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos, así como generar materia prima para investigación y producción de semilla.

b) Investigación para la salud y farmacológica.

c) Fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos.

d) Médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.

En su artículo 2, el documento señala que la producción primaria de la cannabis se destinará para la investigación farmacológica y la fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos.

Dependencias como el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberán vigilar el cumplimiento de este reglamento, en tanto que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la importación y exportación.

Será responsabilidad de la Cofepris otorgar a los interesados la autorización a los protocolos de investigación. Para ello, estos deberán informar al organismo la cantidad de materia prima, derivados farmacológicos o medicamentos de cannabis que planean utilizar, entre otros requisitos.

Por otra parte, el Senasica dará su aval para la siembra de la cannabis para fines de investigación de salud. Para ello, se solicitará información como nombre o denominación o razón social del solicitante; domicilio del interesado; señalar el uso de la materia prima; cantidad de semilla a sembrar, y cantidad estimada de cosecha, entre otros.

El reglamento remarca que la publicidad de los medicamentos de cannabis solo podrá estar dirigida a profesionales de la salud, es decir, queda prohibida la promoción y publicidad dirigida a la población en general.

El documento entrará en vigor a partir del próximo miércoles 13 de enero.

¡Un día histórico en México!

-Solace Boutique

Fuentes:

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Publican-finalmente-reglamento-sobre-el-uso-medicinal-del-cannabis-en-Mexico-20210112-0032.html

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/lopez-obrador-publica-reglamento-para-uso-de-cannabis-medicinal

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
😊 ¿Tienes alguna duda?
Hola 👋
¿Cómo te podemos ayudar?